Con mucho gusto reproducimos este material que nos llega en el Boletín Informativo de Human Rights Watch <hrw-noticias@topica.email-publisher.com>
"HUMAN RIGHTS WATCH
México: Una decisión de vida
Las mujeres que no tienen los medios para acceder a un aborto legal y seguro enfrentan los riesgos de un aborto clandestino, que incluyen complicaciones de salud como sangrado excesivo, infecciones, perforaciones uterinas, shock séptico, infertilidad e incluso la muerte. De acuerdo con información de seis países latinoamericanos, entre 5 y 10 de cada mil mujeres son hospitalizadas anualmente por complicaciones de un aborto inducido. Además, las mujeres deben pagar altos costos cuando utilizan servicios clandestinos. En caso de servicios mal practicados que dejan secuelas en su salud, estas mujeres no tienen posibilidad de obtener una reparación del daño ante instancias judiciales, y deben enfrentar el estigma y la discriminación por haber recurrido a servicios clandestinos (y por lo tanto no regulados), así como penas de prisión y multas.
A diferencia del resto de las mujeres en el país, las mujeres que viven en el Distrito Federal ya no se encuentran en esta situación. Desde abril de 2007, mujeres y niñas que en otras circunstancias hubieran elegido terminar sus embarazos no deseados en condiciones riesgosas y clandestinas, han tenido acceso a una serie de servicios adecuados y seguros de aborto, que ahora forman parte de los servicios de salud públicos. De estas mujeres, 86 por ciento son habitantes del Distrito Federal y 14 por ciento de otros estados de
Al tomar la decisión de interrumpir un embarazo en las primeras 12 semanas de gestación, todas estas mujeres han ejercido innumerables derechos, incluyendo su derecho a la vida, su derecho a la salud y acceso a servicios, así como su derecho a la no discriminación y a decidir sobre el número y el espaciamiento de sus hijos e hijas.
Quienes se oponen a la ley del Distrito Federal argumentan que el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres debe estar subordinado al derecho a la vida del no nacido. Sin embargo, esto significaría negar la protección esencial de derechos humanos de las mujeres establecidos en el derecho internacional.
De hecho, la mayoría de los instrumentos internacionales de derechos humanos guardan silencio sobre el momento en que inicia el derecho a la vida. El consenso en general entre juristas internacionales, que ha quedado plasmado la jurisprudencia, es que el derecho a la vida, como se contempla en tratados e instrumentos internacionales, no debe aplicarse antes del nacimiento de un ser humano. En el caso de
Por otra parte, el derecho internacional garantiza a las mujeres el derecho al más alto nivel de salud física y mental. Los mecanismos de Naciones Unidas que interpretan los tratados han comentado sobre el impacto negativo que los abortos inseguros y las leyes que restringen el aborto producen en la salud, y han recomendando la liberalización de las leyes sobre aborto en ciertos casos cuando la salud física y mental de las mujeres se encuentra en riesgo. El derecho a la salud requiere que tanto la información como los servicios de salud sean de fácil acceso, aceptables y de buena calidad conforme a la evidencia científica. Las leyes y políticas públicas que restringen los servicios de aborto seguro ponen en riesgo la salud de las mujeres.
El acceso a una amplia gama de servicios de salud, incluyendo la interrupción del embarazo, también es esencial para la protección del derecho de las mujeres a la no discriminación y la igualdad sustantiva. En la práctica, las mujeres están más expuestas que los hombres a experimentar privaciones personales y desventajas sociales como resultado de los cambios económicos, profesionales y de proyecto de vida que surgen de la crianza de los hijos. Cuando las mujeres se ven obligadas a llevar a término un embarazo no deseado porque encuentran barreras para acceder a servicios de aborto legales y seguros, las mujeres son puestas en una situación de mayor desventaja. El Comité para
El derecho de las mujeres a decidir libres de discriminación sobre el número y espaciamiento de los hijos e hijas únicamente puede ser implementado cuando las mujeres tienen el derecho a decidir cuándo llevar un embarazo a término sin ninguna intervención por parte del estado. De acuerdo con el Comité de
El derecho a la vida, a la salud, a la no discriminación y el derecho a decidir sobre el número y espaciamiento de los hijos e hijas se encuentran también consagrados en
Por Angela Heimburger, investigadora para las Américas de la división de los derechos de las mujeres, y Tamara Taraciuk, abogada a cargo de México de Human Rights Watch".
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